876 030 252 (Enrique Ochoa Hita)

Horario: L-V de 8:30 a 17:30

¿Cuándo prescribe una deuda?

¿Cuándo prescribe una deuda?

Una deuda es un compromiso de pago entre dos entidades, que pueden ser personas, organizaciones, empresas o el Estado, entre otros casos. El que contrae la obligación es el deudor, mientras que el que ha entregado o prestado el bien objeto de la deuda será el acreedor.

Hoy en día es muy fácil contraer algún tipo de deuda, estando tanto en la parte acreedora como deudora, bien dejando un dinero prestado o dejando de pagar una factura; es un hecho más común de lo que parece.

Lo correcto es corresponder con la obligación de pago y saldar la deuda, pero en ocasiones puede que no sea así. Las personas se plantearán si existe un plazo a partir del cual la deuda se extingue. Estamos hablando de la prescripción de las deudas.

Todas las deudas poseen un plazo de prescripción, salvo que haya una resolución judicial que indique lo contrario. Este plazo delimita el periodo máximo en el cual se podrá exigir el pago de la deuda, una vez superada la fecha de pago establecida. Es decir, una vez que dejes de pagar una deuda o te la dejen de pagar a ti, el plazo de prescripción te indica cuánto tiempo queda para que pueda producirse la reclamación de la deuda. A partir de entonces, el acreedor perderá este derecho a reclamar.

El plazo de prescripción de una deuda dependerá del tipo de esta, aunque existe una serie de criterios generales marcados por el artículo 164 del Código Civil. Uno de estos criterios cita la existencia de un periodo máximo de 5 años para la extinción de las deudas, sin que exista un plazo concreto especificado.

Requisitos para que prescriba una deuda

En la práctica, una deuda no se puede reclamar si se ha alcanzado la fecha de prescripción.

Existen dos supuestos que deben cumplirse para que una deuda prescriba:

  • El acreedor no ha ejercido acciones extrajudiciales o judiciales, mediante un requerimiento notarial, envío de una carta o e-mail...
  • El deudor no ha reconocido ni aceptado la deuda pendiente de pago.

Si se cumplen estos supuestos, legalmente el deudor no tiene obligación de pagar. Esto no significa que la deuda deje de existir, sino que el acreedor ha perdido el derecho de reclamar su deuda.

Si durante el plazo se inicia un proceso de reclamación de pago, se interrumpirá cualquier proceso de prescripción de la deuda.

¿Qué diferencia hay entre prescripción y caducidad?

La prescripción y caducidad de una deuda son aparentemente conceptos similares pero que guardan sus diferencias. El primero se refiere al derecho que posee el acreedor a reclamar, y el segundo se refiere al paso del tiempo que extingue el derecho al cobro o reclamación de la deuda.

La diferencia principal es que puede interrumpirse el plazo que queda hasta la prescripción de una deuda, pero no hasta su caducidad.

¿Necesitas cancelar tus deudas?

Podemos ayudarte a conseguirlo. Con la Ley de la Segunda Oportunidad podrás liberarte de tus obligaciones de pago, para siempre.

Solicita más información

¿Cuándo prescribe una deuda según su tipo?

A pesar de que el Código Civil establece un periodo máximo de 5 años para la reclamación de deudas con carácter general, existen tipos de deudas concretos que poseen sus propios plazos y particularidades. Algunas de ellas son las siguientes.

¿Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito?

Las deudas contraídas por una tarjeta de crédito prescribirán a los 5 años. A partir de este plazo, la entidad bancaria no podrá reclamar la deuda de la tarjeta de crédito una vez finalizado el plazo de prescripción que estipula el Código Civil.

La condición para que prescriba la deuda de una tarjeta de crédito es que la entidad bancaria no debe haber ejercido ninguna acción judicial ni extrajudicial, o bien que el deudor no haya reconocido ni aceptado la deuda.

Si se cumplen los dos requisitos y ha pasado el plazo establecido para la prescripción de la deuda, la entidad bancaria habrá perdido su derecho de reclamar. Aunque, lo habitual es que esto no suceda. El banco ejecutará su derecho a la reclamación de la deuda en la gran totalidad de los casos, y paralizará la prescripción de la deuda.

¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?

Las deudas con Hacienda prescriben en un plazo de 4 años, según lo estipulado en la Ley General Tributaria.

Los derechos que pueden prescribir a los 4 años son:

  • El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante liquidación.
  • El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
  • El derecho a solicitar y/o obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

Estos 4 años coinciden con el plazo que tiene Hacienda para revisar la declaración de la renta en busca de errores. Por ello, es importante que durante este tiempo conserves cualquier documento relativo al IRPF.

¿Cuándo prescribe una deuda con el banco?

Las deudas bancarias se extinguen a los 5 años, tanto los intereses como la deuda principal. Esto afecta a las deudas por préstamos no hipotecarios concedidos por los bancos, entre los que se incluyen las deudas por tarjetas de crédito.

Un caso especial es el de las deudas hipotecarias que tengamos con la entidad bancaria. Para la prescripción de la deuda de una hipoteca deberán pasar 20 años plazo a partir del cual la entidad no podrá reclamar el cobro de la deuda si no lo ha hecho previamente.

¿Cuándo prescribe una deuda entre particulares?

Según la ley, una deuda que procede de un contrato personal prescribirá a los 5 años. Tras este tiempo, el acreedor perderá su derecho a reclamar la deuda, a no ser que previamente lo haya hecho ya, o que el deudor la haya admitido.

¿Cuándo prescribe una deuda de telefonía?

Todos los suministros del hogar, entre los cuales se incluye el teléfono, Internet u otros servicios contratados con las empresas de telecomunicaciones, tienen un periodo de vigencia de 3 años, según lo establecido por la legislación.

¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social?

Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los 4 años. Pasado este tiempo, la administración pública no podrá reclamar ni imponer sanciones respecto a la deuda contraída.

¿Necesitas ayuda con la cancelación de tus deudas?

Si necesitas cancelar una deuda, nuestros expertos podrán ayudarte. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, tienes en tu mano la posibilidad de liberarte de tus deudas para siempre. Solicita más información y en breve podremos ayudarte.